Términos y condiciones Campaña Comercios de Villa de Otura

AYUNTAMIENTO DE OTURA con CIF P1815200I y domicilio en Plaza de España 3 (18630) de Villa de Otura, organiza una campaña de impulso del comercio local de Otura bajo el nombre «Yo compro en Otura» en adelante la «Campaña», la cual se regirá con arreglo a las presentes bases legales (en adelante, las «Bases»)

La Campaña: Está anunciada a todas las empresas y comercios de Otura, por medio de comunicado por carta, prensa, los perfiles sociales oficiales del Ayuntamiento y el de la propia campaña #YocomproenOtura en Facebook e Instagram.

Entre las empresas y comercios adheridos a esta campaña se les entregará un Kit de la campaña el cual consta de Cartelería publicitaria y pack de bolsas de algodón reutilizables; además podrán optar al canje de cheques de compra por valor de 50€ y 30€ (50 unidades en total), estos cheques se podrán en juego entre los vecinos de Otura por medio de las redes oficiales de la campaña.

Bases Legales de participación en la Campaña

  1. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA CAMPAÑA
  2. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
  3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
  4. TERCEROS
  5. USO DE FACEBOOK E INSTAGRAM COMO PLATAFORMAS
  6. PACK DE PROMOCIÓN Y CHEQUES RECOMPENSA
  7. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN
  8. COMPROBACIÓN DE REQUISITOS Y DECLARACIÓN DE GANADORES
  9. CANJEADO DE VALES DE COMPRA EN LOS ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS A LA CAMPAÑA
  10. PAGO DE VALES CANJEADOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE OTURA
  11. DATOS PERSONALES Y DERECHOS DE IMAGEN
  12. NULIDAD
  13. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

1. Ámbito territorial y temporal de la Campaña

La Campaña es de ámbito local (Villa de Otura), estando dirigida a Autónomos y Empresas dentro del territorio de Villa de Otura que cumplan, además, el resto de requisitos establecidos en las presentes Bases.

La Campaña tendrá vigencia desde su publicación de 20 días, transcurriendo esta durante el mes de Julio de 2022 hasta finalización. Si por causas de fuerza mayor o ajenas al control del Ayuntamiento de Otura fuera preciso aplazar o modificar la duración de la campaña, o anular o repetir la misma, este hecho se notificará a los participantes a través de sus perfiles oficiales de Facebook e Instagram.

2. Aceptación de las bases

La participación en esta Campaña supone la aceptación íntegra de las presentes Bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que dé las mismas efectúe el Organizador. El Ayuntamiento de Otura, se reservan el derecho de descalificar a los participantes que incumplan las mismas y, especialmente, cualquier participación que vaya en contra de estas Bases.

Con la aceptación de estas Bases los participantes comprenden los términos y condiciones de las mismas y se comprometen a cumplir con la normativa vigente que pueda resultar de aplicación a este respecto, de modo que por el simple hecho de participar en la Campaña están prestando su consentimiento a someterse a las Bases y a la legalidad de forma total e irrevocable. De igual modo, los participantes aceptan la cesión al Ayuntamiento de Otura de los datos solicitados y su tratamiento según la cláusula 12 de las presentes bases.

La información solicitada será la declaración explícita de una dirección de e-mail válida de contacto. Por lo que, con la participación y la aceptación de estas Bases, los datos de las empresas participantes se incorporarán a la base de datos del Ayuntamiento Otura, por tanto, al participar aceptan recibir comunicaciones informativas en el tiempo que dure esta campaña.

La manifestación en contrario del participante, independientemente de en qué momento se realice, implicará su autoexclusión de la Campaña y la liberación del Ayuntamiento de Otura de cualquier compromiso adquirido con la Empresa y/o Autónomo participante.

Las presentes Bases se encuentran disponibles en la web www.yocomproenotura.es y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas.

3. Requisitos de participación

La participación es gratuita, voluntaria y está limitada a quienes cumplan todos los requisitos que a continuación se relacionan:

  • – Ser empresa registrada en Otura
  • – Estar registrada en el directorio digital de comercios y empresas en www.yocomproenotura.es

*Si no está registrada en el directorio puede hacerlo ahora aquí.

No utilizar la presente Campaña para: difundir ideas políticas o religiosas; o promover injurias y/o calumnias frente a terceros; o usar lenguaje violento, obsceno u ofensivo; o publicar contenido diferente al objeto de la mecánica de la Campaña.

El Ayuntamiento de Otura, se reserva el derecho de cancelar la participación en la campaña así como la no aceptación de los Vales recompensa que pudiera haber obtenido de los vecinos agraciados, como empresa y/o Autónomo que trate de, o llegue a, defraudar, alterar o inutilizar el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la campaña.

4. Terceros

El Ayuntamiento de Otura ha contratado los servicios de la Empresa Eideo Granda S.L. con CIF. B18708586 y domicilio fiscal en Otura, como agente colaborador para llevar acabo las tareas de diseño y ejecución de esta campaña. Dicha empresa tendrá pleno acceso a la información que dé esta se recabe para el correcto funcionamiento de la misma hasta su finalización, la cual se compromete cumplir con los requisitos legales de protección de datos.

5. Uso de Facebook e Instagram como plataformas

Mediante la aceptación de las presentes Bases los participantes de la Campaña desvinculan a Facebook e Instagram de cualquier reclamación que pudieran plantear durante el desarrollo de la Campaña, y aceptan que Facebook e Instagram son unas plataformas totalmente independientes de la Campaña. Facebook e Instagram no patrocinan, avala ni administra de modo alguno la Campaña, ni están asociados a ella. La información que los participantes proporcionen, lo hacen al Ayuntamiento de Otura y no a estas redes sociales. La información proporcionada sólo se utilizará para los supuestos explicados en estas Bases.

6. Pack de promoción y Vales recompensa

Una vez como empresa adherida a la Campaña, se le hará entrega de un kit promocional, que consta de cartelería promocional de la Campaña, un pack de bolsas/mochilas reutilizables de algodón; además podrán optar al canje de los Vales de compra que se pondrán en juego para los vecinos de Otura por valor de 30€ y 50€ (Siendo estos un total de 50 unidades), comprometiéndose a la aceptación de estos en su establecimiento por una compra de igual valor al que se indica el Vale.

7. Mecanismo de participación

Para participar de esta Campaña es necesario seguir paso a paso la siguiente mecánica que continuación se describe:

  • Bolsas y mochilas reutilizables de la compra: El establecimiento adherido a la Campaña podrá hacer entrega de una de estas bolsas/mochilas entre sus clientes que durante la Campaña, cumplan como requisito la realización de una compra igual o superior valor a 30€. Se realizará la entrega de una bolsa/mochila por compra y cliente, no siendo estas acomulables.

  • Vales de compra canjeables: El establecimiento adherido a la Campaña se compromete a aceptar los Vales de compra canjeables que el Ayuntamiento pondrá en juego entre los vecinos de Otura por medio de las redes sociales de la Campaña. Dichos Vales tienen un valor de 30€ y 50€ habiendo un total de 50 unidades de estos Vales que serán repartidos a aquellos vecinos que sean capaces de superar de forma acertada dichos juegos. Los vecinos premiados con estos Vales podrán hacer uso de ellos en cualquiera de los establecimientos adheridos a la Campaña por una compra por el valor íntegro al que se indique en el Vale que porte. En ningún caso los Vales podrán ser cambiados por dinero en metálico siendo únicamente y de uso exclusivo para el de la compra de bienes o servicios.

8. Comprobación de requisitos y declaración de ganadores

Una vez finalizada la Campaña el Ayuntamiento de Otura comprobará que quienes hayan resultado elegidos como ganadores cumple con todos los requisitos establecidos en las Bases de participación y que pueden ser declarados ganadores. Para ello el Ayuntamiento de Otura contactará por mensaje privado con los ganadores. Los declarados ganadores deberán responder a tal mensaje en un plazo de máximo de 48 horas desde su envío con la siguiente información:

A. Conformidad y aceptación expresa del premio o renuncia igualmente expresa al mismo (No serán válidas aceptaciones condicionadas o limitadas). En caso de renuncia, no será necesario que remita los datos en los siguientes puntos.

B. Correo electrónico

C. Número de DNI/NIE

Una vez aprobada la declaración de ganador/a el usuario deberá personarse en el Ayuntamiento de Otura, aportando su documento de identificación DNI/NIE para comprobar sus datos con los que previamente fueron registrados en el transcurso de los juegos de recompensa. Realizada dicha comprobación se le hará entrega del Vale de compra, en el cual irá identificado con sus datos, nombre, número de DNI/NIE junto con el sello oficial del Ayuntamiento de Otura dando validez al Vale para su uso en los establecimientos adheridos a la campaña.

9. Canjeado de Vales de compra en los establecimientos adheridos a la Campaña

El ayuntamiento repartirá 50 Vales de compra canjeables por una compra por valor de 30€ y 50€, estos Vales serán repartidos a través de juegos de recompensa que serán anunciados en las redes sociales de la campaña y podrán ser canjeados en los establecimientos adheridos a la Campaña.

Los Vales de compra canjeables van numerados e identificados por la persona ganadora, indicándose en estos su nombre y DNI/NIE, por lo que la persona que lo porte deberá identificarse como tal, siendo el establecimiento quién deba realizar esta comprobación; donde el Nombre y DNI deberá coincidir con el de la documentación de su portador.

El portador del Vale acepta los requisitos de estos términos previa retirada del mismo y en caso de no aportar documentación acreditativa para canjear el Vale, el establecimiento podrá negarse a aceptarlo en su establecimiento.

El valor de cada Vale equivale a una compra por su valor integro, esto quiere decir, un Vale solo puede ser canjeado en un establecimiento y por una compra igual al valor del Vale que porte el cliente (habiendo cheques por valor de 30€ y cheques por valor de 50€).

En ningún caso queda permitido el cambio de un Vale por su valor en dinero. Tampoco está permitido hacer compras de menor valor al que indica cada Vale y obtener su valor restante en dinero en metálico. UN VALE, UNA COMPRA INTEGRA POR ESTABLECIMIENTO.

10. Pago de Vales canjeados en los establecimientos de otura

Una vez finalizada la Campaña y el tiempo establecido para canjear los Vales se enviará un comunicado a todos los establecimientos adheridos a la Campaña para informarles de la finalización de la misma y se les solicitará que remita los Vales que haya canjeado en su establecimiento para proceder al recuento y la liquidación de estos por medio de transferencia bancaria a cada establecimiento.

11. Datos personales y derechos de imagen

Los Participantes de la Campaña como empresas adheridas a esta, deberán facilitar los siguientes datos personales, recogidos en el formulario de inscripción:

A. Nombre de empresa

B. Nombre de la persona encargada

C. Correo electrónico

D. Teléfono de contacto

La finalidad de la obtención de estos datos de carácter personal no es otra que la dé identificar a las empresas adheridas a la Campaña, hacer entrega del Kit promocional, realizar comunicaciones sobre la Campaña durante su transcurso y la comprobación del cumplimiento de las condiciones anteriormente descritas.

En cumplimiento con lo dispuesto en la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos y usted consiente expresamente que sus datos personales sean tratados por el Ayuntamiento de Otura y Eideo Granada, S.L., en calidad de Responsables del Tratamiento, con las siguientes finalidades:

  • Gestionar su participación en la Campaña y enviarle comunicados sobre la Campaña.
  • Tramitar el pago de los Vales canjeados.
  • Gestionar la publicidad de la campaña y sus resultados por cualquier medio, en los que se podrá incluir el nombre de las Empresas adheridas a la Campaña.

Conservaremos los datos personales de las empresas participantes y ganadores durante el plazo de duración de la Campaña. No obstante, los datos permanecerán, debidamente custodiados y bloqueados, hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción de las posibles acciones legales aparejadas.

Si los datos de carácter personal de quienes participen en la Campaña fueran inciertos, falsos o incompletos o no fueran actualizados, el Ayuntamiento de Otura se reservan el derecho a descalificarlo de la promoción, quedando libre de toda responsabilidad al respecto.

En todo caso, para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento, oposición y portabilidad, deberá remitir un escrito en el que se concrete la solicitud correspondiente y al que acompañe fotocopia del DNI/NIE del interesado, al correo: datos@yocomproenotura.es

En última instancia, queremos lo mejor para todos nuestros participantes. Si tiene alguna duda sobre nuestra práctica de manejo de datos descrita, póngase en contacto con ayuda@yocomproenotura.es para comunicarnos sus inquietudes, estaremos encantados de atender sus dudas directamente.

Al participar en esta Campaña, las empresas participantes autorizan al Organizador a reproducir y poner a disposición del público, directamente o a través de sus medios, el nombre y el ID que se haya concedido por cualquier medio, siempre en relación con la Campaña y/o con fines promocionales o publicitarios relacionados con la Campaña. La autorización antes mencionada se concede gratuitamente y no dará derecho a los participantes a ninguna contraprestación.

12. Nulidad

Si cualquier previsión de las presentes Bases fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o parte de la misma que resulte nula o ineficaz. Subsistiendo en todo lo demás el resto de Bases y teniéndose tal disposición o la parte de la misma que resulte afectada por no puesta, salvo que, por resultar esencial a las presentes Bases, hubiese de aceptarlas de forma integral.

13. Jurisdicción y ley aplicable

Las presentes Bases se interpretarán y regirán de conformidad con la legislación española. Para cualquier cuestión litigiosa derivada de la existencia, acceso, utilización o contenido de las Bases, el participante y el Ayuntamiento de Otura renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sometiéndose a la jurisdicción y competencia exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Granada capital.

*El Ayuntamiento de Otura se reserva el derecho de modificar el contenido de estas bases sin previo aviso.